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En febrero de 2024, el entonces Presidente de la República planteó al Congreso de la Unión modificar la estructura y administración del Poder Judicial de la Federación (PJF), a través de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual no pasó, por no contar con la mayoría calificada. Pasadas las elecciones del 2 de junio y una vez que entró en funciones la nueva legislatura, el partido oficialista y aliados confeccionaron una mayoría calificada, la cual se traduce en la potestad que hoy tienen para acordar reformas o adiciones a la Constitución, en términos del artículo 135 —no para eliminar instituciones jurídicas o debilitar a los poderes de la Unión, mismos que el Congreso Constituyente consagró en 1917, para resguardar a la República representativa, democrática, laica y federal—.
En ejercicio de tal potestad, los legisladores que integraron la mayoría retomaron e impulsaron sin dilación dicha reforma, afirmando que acabará con la corrupción, privilegios, nepotismo y vicios que, a su dicho, viene arrastrando el PJF, y dará como resultado una mejor administración de justicia en México; aprobándose esta por la mayoría de las legislaturas de los estados (gobiernos afines al Ejecutivo federal), sin escuchar otras voces.
El aún Presidente ordenó su publicación en el DOF, lo que sucedió el 15 de septiembre, entrando en vigor al día siguiente, imponiéndose, de esta manera, a votación popular todos los cargos de los titulares de los órganos jurisdiccionales y de quienes integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial (tribunal especial?), siendo este último quien sancionará al personal del PJF. No obstante, se da vida a un Órgano de Administración Judicial (OAJ).
Cabe señalar que dicha mayoría manifestó que daría oportunidad para que, mediante leyes secundarias, se regulara de mejor manera lo relativo a la reforma, lo cual no sucedió, pues celosamente determinó estructurar todo para la selección de candidatos y su votación.
El PJF ha hecho intentos por mantenerse de pie; las suspensiones concedidas al respecto, fueron pasadas por alto por los otros poderes; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pretendió analizar la inconstitucionalidad de la reforma, sin éxito, al no alcanzar los votos suficientes de sus integrantes.
No se omite referir que, a finales de octubre de 2024, se presentó la renuncia de ocho ministras y ministros de la SCJN, y la declinación de Magistrados y Jueces, acentuándose la crisis constitucional en el país.
Atención, la administración de justicia no esperará ni dará cabida a una curva de aprendizaje, de ahí que el único beneficiado o afectado por la sentencia que dicte el juzgador que obtuvo más votos, sea el gobernado.
Por el bien de todos, que la tómbola de la justicia no te asigne a un juzgador inexperto que ponga en riesgo tu libertad, patrimonio, seguridad y derechos. No olvidemos que la soberanía reside en el pueblo, pero sobre todo que fue éste quien decidió ejercerla a través de los Poderes de la Unión, donde se encuentra el PJF. Sin duda, el modelo creado con la reforma pone fin a una época del PJF.
POR EL BIEN DE TODOS, QUE LA TÓMBOLA DE LA JUSTICIA NO TE ASIGNE A UN JUZGADOR INEXPERTO QUE PONGA EN RIESGO TU LIBERTAD, PATRIMONIO, SEGURIDAD Y DERECHOS.