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Mucho se ha dicho sobre el no incre¬mento de impuestos en los últi¬mos años, sin embargo, debemos tener presente que, desde 2014, en México la recaudación de impuestos federales ha ido al alza. En gran medida, gracias a la implementación de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el De¬sarrollo Económico (OCDE), luego de que detectó que, en varios países, esta disminuyó significativamente, a razón de la evasión y elusión fiscal.
En efecto, México respaldó y aplicó las acciones del Plan BEPS avaladas por el G20 (que combaten la erosión de la base imponible y traslado de beneficios), con la finalidad de mitigar prácticas fiscales indebidas y elevar el nivel de recaudación, sujetándose a revisiones periódicas.
Lo anterior dio lugar a modificaciones en la legislación fiscal, que permitieron a la autoridad, desde el 1º de enero de 2014, determinar la INEXISTENCIA DE OPERA¬CIONES, y eliminar los efectos fiscales de comprobantes que ampararan este tipo de actos; previéndose tal conducta como delito.
Cabe señalar que dicha determina¬ción, además, da cabida a la cancelación o restricción del Certificado de Sello Digital (CSD), impidiendo con ello la expedición de comprobantes. Sin omitir referir que se efectuaron diversos cambios a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a la Ley del Im¬puesto al Valor Agregado, con el ánimo de regular de mejor manera aque¬llas figuras que pudieren permitir la erosión de la base imponible a través de la elusión fiscal.
Como se puede apre¬ciar, la creación de dichas facultades de gestión marcó un antes y un des¬pués, ya que desde ese momento se empezaron a prever herramien¬tas que servirían para generar una recauda¬ción “no coactiva”, permitiendo elevar los ingresos de la federación, sin necesidad de ejercer las facultades de comprobación.
LA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS FEDERALES HA IDO AL ALZA, DEBIDO A LA APLICACIÓN DE RECO¬MENDACIONES DE LA OCDE, LUEGO DE DETECTAR SU DISMINUCIÓN POR EVASIÓN Y ELUSIÓN FISCAL.
Por ello, debemos poner especial atención a las recientes modificaciones a la legislación fiscal y otras materias relacionadas, cuya entrada en vigor será el 1º de enero de 2026, toda vez que van dirigidas a los contribuyentes formales para sujetarlos a un control más estricto.
Ello, a razón de que:
El escenario se vislumbra turbulento, por lo que se re¬comienda al sector empresarial tomar cartas en el asunto y allegarse de expertos en las materias fiscal y de prevención de lavado de dinero, principalmente. De hacerlo, podrán cumplir debidamente sus obligaciones fiscales y reducir —en medida de lo posible— actos de fiscalización, de gestión o sanciones que podrían ir desde una multa hasta la privación de bienes o derechos.
CON LA MODIFICACIÓN A LA LEGISLACIÓN FISCAL EN MÉXICO A FINALES DE 2025, EL SECTOR EMPRESARIAL DEBERÁ ALLEGARSE DE EXPERTOS FISCALES, PUES SE VERÁN SUJETOS A UN CONTROL MÁS ESTRICTO.