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Aunque la legislación mexicana ha registrado avances en materia de derechos laborales, continúan existiendo prácticas que han deteriorado la funcionalidad de las interacciones entre empleado y patrón.
En este contexto, durante los últimos meses han surgido diversas iniciativas orientadas a mejorar las condiciones en que empleadores y trabajadores se desarrollan, en función de un objetivo común: la productividad y la continuidad del negocio.
Una de estas propuestas plantea reformar el artículo 51 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para que el llamado “despido silencioso” —conocido a nivel internacional como quiet firing— sea reconocido legalmente como una causa de rescisión de contrato sin responsabilidad para el trabajador.